Laudemio

[Del bajo latín galicano y catalán laudemium.] Derecho que se paga al señor del dominio directo cuando se enajenan las tierras y posesiones dadas a enfiteusis. Laudemio. Donación de Bernat Ato a Godofredo III. Características generales El laudemio es una institución procedente del Derecho medieval catalán que consistia en el consentimiento que daba el señor para la enajenación de su feudo, a cambio del cual recibía una parte del precio de venta, que solía ser un tercio del mismo; tanto el consentimiento como la cantidad percibida por el señor se denominaban laudemio o, en catalán, lluïsme foriscapi; si el señor no otorgaba su consentimiento, tenía la opción de ejercer el derecho de fadiga o tanteo. A pesar de su origen y carácter feudal, la figura del laudemio sigue vigente en el ordenamiento jurídico español; su regulación está recogida en los artículos 1.644 a 1.646 del Código Civil, que establecen que sólo deberá pagarse laudemio si así se ha...

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