Facendera
[Del lat. facienda, lo que se ha de hacer]. También fazendera, fazendeira o vereda. Prestación tributaria que debían satisfacer los pecheros castellanos en la Edad Media. Consistía en la reparáción de puentes, cauces y caminos y suponía, al igual que la castellana –contribución personal para la restauración de castillos y murallas de las ciudades-, una aportación de trabajo personal Pará la consecución de obras de carácter público. En el caso de que los habitantes perteneciesen a un señorío, éstos debían prestar esta serie de trabajos al señor propietario de las tierras que moraban y cultivaban. Con el fin de propiciar el asentamiento poblacional en las zonas recién conquistadas o que presentaban vacíos demográficos, las cartas de población, los privilegios y los fueros (en este caso ya desde el s. X como sucede con el Fuero de Castrojeriz) solían contemplar una exención de la facendera, junto con la del portazgo y de la mañería, a los que viniesen a...
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