Denominación de Origen

Topónimo de la región, comarca, lugar o localidad empleado para designar un producto agroalimentario procedente de la zona respectiva y que tenga cualidades y caracteres diferenciales, debidos principalmente al medio natural y a su elaboración y crianza. Se entiende, por tanto, que el topónimo es empleado para designar un producto de su procedencia cuando éste alcanza, con carácter permanente, una amplia difusión y conocimiento en el mercado nacional, o al menos un notable prestigio a escala regional, o haya desarrollado mercados en el exterior. La figura de Denominación de Origen (DO) aparece por primera vez regulada en el Estatuto del Vino de 1933, que posteriormente dio paso a la Ley 25/1970 de la Viña, del Vino y de los Alcoholes, vigente en la actualidad aunque con las adecuaciones necesarias desde el desarrollo del Estado de las autonomías. La Ley supuso una serie de innovaciones frente al anterior Estatuto del Vino que se pueden sintetizar en los siguientes puntos: ...

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